martes, 23 de marzo de 2010

Agredir al jefe no es causa de despido


La Sala de lo Social de TSJ de Andalucia considera que la conducta del empleado, “no reviste la gravedad exigible para constituir causa de despido”, porque de hecho “hay que conectar las expresiones que utilizó con la situación y contexto en los que se encontraba en ese momento”.

En este caso concreto el trabajador intuyendo que el documento que le iban a entregar era una carta de despido mantuvo un enfrentamiento con su jefe “elevando la voz” y “visiblemente alterado”, empujándole y encarándose con él, en esa situación enfrentaron ambos las frentes y, su superior, al retroceder y tropezar, cayó sobre un cristal sin resultar lesionado.

Posteriormente la empresa remitió por burofax al empleado la carta de despido, en la que rompió la relación laboral por una falta laboral muy grave. Aun con todo esto, El TSJA señala sin embargo que, sin perjuicio de que el comportamiento del trabajador pudiera resultar acreedor de una sanción, entiende que no es adecuada la imposición de la sanción de despido, que es la más grave que existe en el ámbito laboral.

Aun con estos pronunciamientos, entendemos que no es la situación normal y que una agresión en la mayor parte de los casos conllevará un despido.


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