viernes, 20 de marzo de 2009
El Supremo desestima la primera demanda contra una tabacalera presentada en España
El Tribunal Supremo ha desestimado recientemente la primera demanda que se presentó en España en contra Altadis, antigua Tabacalera, de un fumador que murió de cáncer de pulmón, al considerar que no existe responsabilidad civil por no quedar probada relación contractual entre el fumador y la tabacalera.
La Viuda y sus hijos presentaron la demanda en un momento en el que las grandes multinacionales americanas reconocieron en EE UU que fumar provoca cáncer y que la nicotina es adictiva, lo que les supuso indemnizaciones billonarias, sirva para muestra el caso de una auxiliar de vuelo, a la que un jurado de Miami decidió indemnizar con cinco millones y medio de dólares en 2002. En aquel caso la demandante defendió que su condición de fumadora pasiva le había creado un perjuicio en la salud ya que "el humo de segunda mano", de las cabinas de los aviones en los que trabajaba, le había provocado una sinusitis”.
El presente caso solicitaba 90.000 euros por daños y perjuicios psicológicos y morales, y 60.000 de indemnización, pero el El Supremo ha desestimado la petición asegurando que el tabaco es una sustancia legal y que "desde la década de los años 60 advierte de que fumar puede ser perjudicial para al salud" y que "es conocido que el tabaco puede ser un factor de riesgo que puede generar determinadas enfermedades, especialmente si se consume en exceso".
La Junta de Andalucía vio en 2006 como la Audiencia Provincial de Madrid desestimaba una demanda en la que reclamaba a las tabaqueras el pago de los gastos sanitarios en dos hospitales, derivados de las enfermedades asociadas al tabaco.
En aquella ocasión, el Gobierno andaluz inició un proceso contra seis tabaqueras en 2002. Su demanda era la primera de un órgano de la Administración europea de este tipo. Las demandadas entonces fueron Altadis, Japan Tobacco Company, Philip Morris, British American Tobacco, CITA Tabacos de Canarias y TACISA Tobacco Canary Island.
Con bastante fundamento las tabaqueras reclamaron que el Estado figurara como parte demandada, porque la antigua compañía nacional Tabacalera fue un monopolio en España hasta el año 1998. Su demanda se basaba en un artículo del Código Civil sobre responsabilidad objetiva, en el que se indica que todo aquél que se enriquezca produciendo daño a un tercero debe pagar por este perjuicio.
En España seguiremos de momento sin grandes Indemnizaciónes al modo americano
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