Antes del 31 de marzo de 2009 se deberá presentar ante Hacienda la declaración modelo 347 , de declaración anual de operaciones con terceras personas, de cara a reflejar ante la administración tributaria las facturas percibidas o emitidas durante el ejercicio 2008.
Se Deberá hacer de forma separada e individualizada para aquellas de cifra superior a 6.000 euros satisfechas en metálico.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 del Reglamento General de aplicación de los tributos, quedan obligados a presentar la declaración informativa de operaciones con terceras personas aquellas personas físicas y entidades en atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que tributen en dicho impuesto por el método de estimación objetiva y, simultáneamente, en el Impuesto sobre el Valor Añadido por los regímenes especiales simplificado o de la agricultura, ganadería y pesca o del recargo de equivalencia, por las operaciones en las que emitan factura.
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