martes, 2 de junio de 2009

Condenan a Iberia por impedir viajar en avión a tres sordos


La Audiencia Provincial de Madrid en una reciente sentencia ha condenado a la aerolinea española por denegar el acceso a un avión a tres personas sordas, sin acompañante ni interprete.

Ésta es la primera sentencia en materia de discriminación de personas con discapacidad en aplicación de la Ley de Igualdad Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal (Liondau), en vigor desde 2003. En la condena se establece una Indemnización simbolica y se obliga Iberia a que establezca "los medios necesarios y precisos para que cese en la vulneración de derechos de las personas con discapacidad"

La compañía alegó que estas tres personas sordas no podían viajar si no iban acompañadas de una persona oyente que garantizase su seguridad ya que no iban a entender las instrucciones de emergencia que dan las azafatas y se les impidio embarcar.

La Sentencia comenta que una persona sorda "se encuentra exclusivamente privada del sentido de la audición, pero no tiene ninguna otra limitación, ni física ni intelectiva, que le impida comprender la situación de emergencia ". Además estas personas tienen la capacidad de leer los labios por lo que pueden enternder todo perfectamente, algo que no ocurre con las personas de terceros paises que desconocen los dós idiomas en que se dan las instrucciones.



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