viernes, 29 de enero de 2010

SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO:CASO OPENING


Los bancos deberán devolver los créditos a los mas de mil alumnos zaragozanos de Opening siete años despues.

La sentencia del Tribunal Supremo obliga a los bancos que concedieron créditos para formalizar la matrícula a devolverlos a sus beneficiarios y a abonar además los intereses cobrados a partir del cierre.
En el fallo se reconoce la ineficacia de los contratos de préstamo de las entidades financieras demandadas. Los alumnos habían abonado unos créditos por un curso que nunca llegaron a completar.


La resolución del Supremo argumenta que los contratos de financiación firmados por los alumnos con las entidades de crédito a través de Opening están sujetos a la Ley de Créditos al Consumo y que esta normativa estipula que si el alumno no recibe el curso contratado, tampoco tiene la obligación de pagar a los bancos que le han concedido el crédito.

Existen casos pendientes todavía y se espera que esta sentencia cree Jurisprudencia.

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